Inicio

>

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Aquí encontrarás la respuesta a las preguntas que suelen hacer nuestros clientes. Sólo tienes que hacer clic en el área del derecho de la que quieres que te ayudemos a resolver tus dudas y accederás a una base de conocimiento según nuestra experiencia con casos resueltos anteriormente.

¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.
¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.
¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.
¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.
¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.
¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.
¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.
¿Qué es la prestación por hijo a cargo?

Son prestaciones que pueden cobrar los padres de los hijos que tengan reconocido un grado de minusvalía. En concreto, los supuestos son:

  1. Hijos, menores de 18 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%: la cantidad de 1.000€ anuales por hijo, sin que se tenga en cuenta los recursos económicos ni de la familia ni del hijo.
  2. Hijos mayores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 65%, la cantidad de 5.647,20€ anuales por hijo, es decir, 470,60€ mensuales, y tampoco se tiene en cuenta los recursos económicos.
  3. Hijos mayores de 18 años, que tengan una discapacidad igual o superior al 75%, y que además superen el baremo de necesidad de tercera persona para los actos esenciales de la vida diaria, la cantidad de 8.469,60€ anuales, o sea, 705,80€ mensuales. Tampoco se tienen en cuenta los recursos económicos.