Cuando tu capacidad se ve reducida

Incapacidad Permanente Parcial

La Incapacidad Permanente Parcial (IPP) es el grado más leve de incapacidad y se reconoce cuando las secuelas de una enfermedad o accidente provocan una disminución en el rendimiento normal de tu profesión habitual, pero no te impiden realizar las tareas fundamentales.

Según la Disposición transitoria. Calificación de la incapacidad permanente., esta disminución debe ser, como mínimo, del 33%. Es una situación compatible con el mantenimiento de tu puesto de trabajo habitual.

La finalidad de esta prestación no es sustituir el salario, sino compensar económicamente al trabajador por la pérdida de capacidad que le supondrá un sobreesfuerzo permanente en su día a día laboral. Como señala la jurisprudencia, como la Sentencia nº 000172/2016 del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la clave es la repercusión de las lesiones en la capacidad laboral, no sólo el diagnóstico médico.

¿Cómo te podemos ayudar?

La prestación por IPP consiste en una indemnización a tanto alzado, es decir, un pago único. Esta cantidad equivale a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para calcular la prestación de incapacidad temporal.

¿Cuál es la prestación económica?

Estudio de viabilidad

Valoramos si tus limitaciones funcionales alcanzan el 33% de disminución de rendimiento requerido por la ley.

Acreditación del perjuicio

Recopilamos y preparamos toda la documentación médica y pericial necesaria para demostrar objetivamente cómo tus secuelas afectan a tu trabajo.

Reclamación ante el INSS

Iniciamos y gestionamos todo el procedimiento administrativo y, si es necesario, la vía judicial para conseguir el reconocimiento de tu derecho.

Contáctanos

Si crees que puedes estar afectado por algún tipo de invalidez, contáctanos y te ayudaremos a reclamar las prestaciones de la Seguridad Social que te corresponden.